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Antropólogo por Salvador E. Angulo

A partir de la investigación de más de trescientos testamentos hallados en los registros notariales de Yumbel, correspondientes a habitantes de la localidad de Rere, cercana a Concepción, durante el siglo XVIII, el autor realiza un detallado estudio de los aspectos económicos relacionados con la muerte y el papel clave de la Iglesia de la época en este tema.

 
 

Durante el siglo XVII y parte del XVIII, el área de la Estancia del Rey o Rere, en la región de Concepción, constituyó desde el punto de vista de la administración, un corregimiento compuesto por curatos en el aspecto eclesiástico(1). Rere forma parte de la jurisdicción del Obispado de Concepción, constituyendo una generosa fuente de ingresos para la Iglesia Católica. El partido de Rere agrupaba casi a un tercio de la población del Obispado, esto indica alrededor de 26.723 almas en 1793, unas 51.398 hacia 1812-1813, con un descenso demográfico a 15.386 habitantes por las guerras de independencia.

Dada la importancia demográfica del curato, y el rol del Obispado de Concepción en Chile, este artículo pretende bosquejar el uso de los derechos parroquiales relacionados con el fenómeno de la muerte por parte de la Iglesia y su relación con esta sociedad tradicional.

Un acucioso estudio de más de trescientos testamentos en los registros notariales de Yumbel, proporciona la base documental para acercarnos no sólo a cómo vivía la vida la sociedad tradicional de Rere, sino también a cómo se vivía la muerte, más específicamente, cuáles eran las actitudes ante ella entre 1751 y 1854. En esta sociedad, la Iglesia Católica jugaba un rol rector fundamental. Tanto ella como las instituciones pías, utilizaron eficazmente su influencia social y gracias a ella, lograron canalizar una buena parte de los recursos de la comunidad. La base de dicho beneficio era el cobro de los derechos parroquiales y el “negocio” de la muerte asociado a ellos.

El “negocio” de la muerte
El sacerdote era el actor principal del “ritual de bien morir” que acaecía en la cabecera de la cama del agonizante o después de que éste se convertía en finado. La ceremonia y el boato que acompañaban al difunto estaba en manos de los sacerdotes o máximos directivos de las órdenes pías y cada uno de sus elementos constitutivos tenía un costo que debía ser sufragado. En ocasiones -orientado por el sacerdote-, el moribundo dejaba los recursos necesarios claramente dispuestos en su testamento. En otras, era la familia la encargada de solventar sus últimos deseos. Los distintos momentos y acciones en que los funcionarios eclesiásticos participaban de la muerte de un fiel eran los siguientes:

a) La administración de los sacramentos de la confesión y extremaunción
Ante el peligro inminente de muerte, era usual que la familia del enfermo o agonizante, llamase a un sacerdote para que éste cumpliera con los sacramentos de la confesión y la extremaunción, requisitos que la Iglesia Católica consideraba como fundamentales para morir en gracia con Dios y en paz con los hombres.

b) El otorgamiento de testamento
Otorgar testamento era otro de los requisitos para “bien morir”, lo que requería de la presencia del sacerdote y de un notario, ya que la mayor parte de los testadores dejaba esta obligación para el último momento. Dicha situación, generalmente, solía ser aprovechada por los sacerdotes para “sugerir” distintos tipos de legados píos, imposiciones de capellanías, solicitud de novenarios de misas o incluso, el legado de bienes inmuebles. También servía para “nominar” al sacerdote que lo acompañaría como responsable de sus exequias y de los sufragios que por el ya difunto se harían. Ello le otorgaba al sacerdote, a su orden o a la jurisdicción eclesiástica a la que pertenecía, ciertas ventajas respecto del patrimonio que el otorgante estaba en condiciones jurídicas de legar.

c) La elección de mortaja
Este era uno de los aspectos que quedaba establecido en la parte espiritual del testamento, el cual se iniciaba con las disposiciones acerca del entierro. La elección de la mortaja figura entre éstas como uno de los puntos más importantes. Las cofradías eran las encargadas de proveerlas a quien las necesitase, sobre todo si se había sido miembro de alguna de ellas. Las vestiduras fúnebres podían ir desde una modesta “sábana blanca” o “un paño negro” hasta el hábito de las diferentes órdenes religiosas, dependiendo de la devoción de las personas pero también de su situación económica. En Rere el hábito más solicitado era el de San Francisco. En el caso de los otorgantes sacerdotes, se acostumbra ponerles sobre el hábito clerical común las vestiduras correspondientes al orden recibido. Incluso, los militares y toda persona ilustre debían ser sepultadas con las vestimentas e insignias propias de su rango y actividad(2).

d) La elección de sepultura y los funerales
Los otorgantes de Rere preveían en su testamento que una vez fallecidos, su cuerpo fuese sepultado en un lugar santo. Esta actitud se fundamentaba en la creencia en dos de los dogmas de la escatología católica: la resurrección general de los cuerpos y el juicio final.

Los funerales también se especificaban en la parte espiritual del testamento. En relación a los gastos del entierro y funeral, las cofradías estaban obligadas a proveer al hermano difunto de lo necesario para brindarle una exequia cristiana. En sus propias constituciones quedaba establecido, siempre y cuando el “esclavo” o “cófrade”, tuviese pagados los tres meses consecutivos de limosna (un real por mes) y sus “cabos de año”. Naturalmente, quienes no cumplían con sus responsabilidades económicas para con la cofradía, en particular, y para con la Iglesia, en general, no tenían derecho a “las pensiones con que se socorre en la muerte, por nuestra hermandad” (mortaja, féretro, procesión, luces y misas). Pero, como participar en estas asociaciones demandaba una serie de gastos no poco importantes, era usual que las personas hicieran valer sus derechos. El otorgante elegía entonces la forma de entierro que deseaba y el acompañamiento, si es que sus medios económicos lo permitían.

Generalmente la importancia del cortejo fúnebre y de toda la ceremonia que acompañaba a la inhumación dependía de los medios económicos del difunto o de su status social. En Rere los entierros eran, en su gran mayoría, modestos. Hacemos esta precisión, porque la regla general era muy diferente, sobre todo en las ciudades donde la ceremonia fúnebre más que ser manifestación de la igualdad de los hombres ante la muerte, era la última afirmación del rango socioeconómico del difunto(3). Para ello, la ciudad de Santiago nos sirve de ejemplo. En 1794 el Gobernador de Chile don Ambrosio O'Higgins dictó un bando en donde reprobaba “el exceso de gastos inútiles en los entierros y funerales” y los “acompañamientos, músicas y tumultos suntuosos”, proponiendo “la saludable moderación de luto y pompas… que prescribían las leyes y Reales Cédulas de S. M.”(4). Gastos excesivos en los funerales. Reglamentación. Santiago 1793. BN, Ms. M, tomo 349, fs. 364 – 370 y ; Bando sobre los gastos excesivos en los Funerales. Santiago 1794. BN, Ms. M, tomo 212, pza. 5.347, fs. 147 – 148.

Por otra parte, desde fines de siglo XVIII y hasta mediados del XIX, la Iglesia había establecido para el Obispado de Concepción diferentes tipos de entierros con sus respectivos cánones, según fuera la condición social del difunto. Primero estaban los entierros de españoles. En segundo lugar los entierros de mestizos, y luego venían aquellos para negros, mulatos e indios. Para todos, existían cinco tipos con algunas variaciones en el boato, ceremonial y por supuesto, en los precios. Los derechos de Cruz, campana, incensario, cera (velas o luces), acompañamiento con sobrepelliz o con capa(5), música y posas(6) se pagaban aparte pues correspondían al cura párroco, principal beneficiado de los costos de todo el ceremonial. Hacia 1857 los precios de los derechos parroquiales no habían variado significativamente(7). Sin embargo era un hecho real que el desembolso que implicaba un entierro afectaba sensiblemente la economía de una familia campesina. A fines del siglo XVIII, el albacea del vecino de Tucapel, Don Pascual Salazar, nos entrega una detallada cuenta en relación a los costos del funeral (en total 51 pesos 8 reales) suma que seguramente significaba una parte muy importante de sus ingresos. Así también, esto queda de manifiesto con personas como doña Catalina Parra quien en 1839 dejaba “el tercio de mis bienes” para su funeral(8). A esto se debe agregar la potestad del sacerdote de proporcionar unos servicios y no otros, discrecionalmente. Por esta razón, los derechos parroquiales fueron siempre tema de discusión para la sociedad nacional.

e) Las Mandas pías y las misas
Otra de las cláusulas religiosas del testamento dice relación con los legados píos o mandas pías. Los beneficiarios de estas mandas que realizaban los testadores de Rere en la primera mitad del siglo XIX, no siempre eran aquellos que evidenciaban más necesidades (pobres) o alguna institución de caridad, sino que favorecían directamente a la parroquia, a alguna de las cofradías de la región, y ya hacia mediados del siglo XIX, al propio Estado chileno. El cúmulo de bienes que manifestaban tener los sacerdotes que forman parte de este estudio y la cantidad de legados dirigidos a las cofradías, hermandades y conventos podrían cimentar una parte de esta idea.

Los legados formales a instituciones de la Iglesia o al Estado eran designados en una fórmula especial dentro del testamento. El resto de los legados, en su mayoría, se hacían a disposición de diferentes cofradías, hermandades y conventos, incluso de la ciudad de Concepción. También se establecían las denominadas “mandas civiles”, que consistían en dejar dinero o especies para ser repartidas entre la población. Este fue el caso de don Andrés Ramos, una de las personas que podríamos considerar ricas en Rere, quien pedía a su albacea repartir “… entre los pobres de Rere y Yumbel 50 pesos en trigo y legumbres”(9). Otro curioso tipo de manda pía lo constituía la liberación de algún esclavo. Así lo hizo doña Ninpha Zapata: “… es mi voluntad dejar por libres dos de mis esclavas la una llamada Ignacia y la otra Isabel que las dejo libres por su servicio personal…”(10). Finalmente no faltan aquellos que destinaban parte de sus bienes a ofrecer misas (novenarios, por ejemplo) o sufragios por familiares, amigos o por las ánimas del Purgatorio.

En la abundante literatura religiosa que hemos tenido ocasión de revisar, se hace referencia al sacramento de la eucaristía como uno de los medios más eficaces para purgar los pecados cometidos. Como es sabido, las misas que los testadores solicitaban tenían como fin garantizar, en la medida de lo posible, un juicio generoso o una estadía efímera en el Purgatorio, lo cual contribuiría a la salvación de su alma. Dichas misas las realizaban los funcionarios eclesiásticos, siendo necesario pagarles los cánones que los derechos parroquiales estipulaban por ellas, según fuese su tipología y cantidad.

La elección de misas era una práctica mayoritaria y constante en el tiempo. A fines del siglo XVIII una misa rezada costaba “un peso de a ocho reales” y una cantada entre 3 y 4 pesos, según la presencia o no del cura y/o diácono. Esto plantea que en promedio una persona gastaba entre 40 y 45 pesos en misas, suma bastante alta si atendemos a la escasez de los bienes campesinos.

Los testadores de Rere tenían otra forma de solicitar misas o sufragios, ésta consistía en dejar a su alma como heredera de sus bienes o de parte de ellos, con el objeto de que se invirtieran en misas. Los otorgantes también solían dejar tierras, plantas de viña o animales como caballos, bueyes y vacas en beneficio de su alma. Dichos bienes eran vendidos y su producto encargado en sufragios, los cuales podían tomar la forma de novenarios (nueve misas que costaban entre 31 y 39 pesos). En otras ocasiones se efectuaban legados condicionados a parientes o amigos, como lo hizo doña Luisa Sanhueza en 1805, quien dejó algunos bienes a sobrinos y “huérfanos” pero: “… con el plazo y pensión de mandarme decir por el tiempo de 27 años la cantidad de 30 misas cada año, con la advertencia de las 20 por el bien de mi alma y las 10 restantes de cada año por el bien del alma del finado mi marido”(11).

En relación a las capellanías, se las podría definir como: “... la fundación hecha por alguna persona, con la carga u obligación de celebrar, anualmente, cierto número de misas en determinada iglesia, capilla o altar”(12).

Existían por lo menos tres tipos de capellanías: mercenarias, colativas y gentilicias. Las mercenarias se instituían sin autorización eclesiástica y quedaban fuera de su jurisdicción. Se denominaban de esta manera porque el sacerdote encargado de las misas sólo recibía la merced u honorario que la propia fundación fijaba. Las colativas eran las propiamente eclesiásticas. Ellas se fundaban con permiso de una autoridad, en este caso el Obispo, siendo los beneficiados, generalmente, un eclesiástico o algún laico. Las gentilicias eran un tipo de capellanía colativa cuando los derechos de ella se dejaban en poder de algún familiar o amigo. Algunos testadores dejaban una cantidad de dinero o bienes para que con su producto (intereses u otros beneficios) se les mandara a decir cada año o para siempre una cantidad de misas o novenarios. Generalmente, las personas a quienes se les dejaba esta responsabilidad -los patrones de Capellanía-, eran parientes, amigos cercanos o el cura confesor. Todos ellos indirectamente se veían favorecidos con los excedentes que lograban obtener, siempre y cuando administraran en forma eficiente el capital, las tierras, las viñas, algunas arrobas de vino o ganado sobre los cuales se había fundado la capellanía.

4. El valor de la muerte
Un cálculo general somero arroja un gasto promedio de 4.500 pesos por año por concepto de derechos parroquiales asociados a la muerte de los 296 fieles de Rere. Si a eso le agregamos una cuantificación de los bienes legados (casas, tierras, minas, animales, etc.) y de las capellanías que tenían como patrón a un cura, los montos pueden multiplicarse fácilmente por 4 o 5 veces. En los casi cien años de la muestra testamentaria seleccionada, la Iglesia habría percibido alrededor de 33.000 pesos, sólo por conceptos de misas de estas 296 personas.

Asimismo, debemos recordar al lector varios datos. Primero que la muestra testamentaria de Rere (296) constituyen un porcentaje ínfimo de los testamentos que se hacían en la región en el período estudiado. Segundo, que la población de Rere hacia 1812 -1813 era de 51.398 habitantes, siendo la mayoría de ellos, católicos devotos y que su tasa de mortalidad general estaba en torno al 40%. Tercero, que un caballo corriente costaba 6 pesos y uno especial 20, hacia 1817. Y cuarto, que una casa de “teja y pared” al lado de la parroquia en Yumbel, la mejor en el período en Rere, costaba alrededor de 450 - 500 pesos(13). Creemos que estos datos, al menos, nos permiten atisbar la real dimensión del de lo que podría considerarse el negocio de la muerte en el “Chile” de fines de la Colonia y primeras décadas de la República.

Surgen entonces otras preguntas: ¿a qué destinaba la institución eclesiástica estos recursos, sólo a la manutención de sus funcionarios?, ¿qué importancia tienen para el patrimonio de la Iglesia estas prácticas y recursos?, ¿qué otros mecanismos de financiación tenía la Iglesia?, ¿generaban dichas prácticas y los recursos, abusos y arbitrariedades de parte de los funcionarios eclesiásticos para con la comunidad?, ¿cuál era la importancia económica real del patrimonio eclesiástico en Chile?, etc. Para ello, habrá que adentrarse exhaustivamente en el análisis histórico de la institución eclesiástica de la época.

En definitiva, vale la pena mirar, cómo la muerte, como objeto de estudio, es capaz de hilvanar de manera visible la individualidad y la autoridad, dejando de manifiesto el peso de la Iglesia Católica y la fuerza de sus rituales, tradiciones y costumbres. Asimismo, quisiéramos reafirmar desde una perspectiva metodológica, la validez del documento testamentario como fuente histórica, a pesar de su carácter estereotipado y espiritual. Nos otorga la posibilidad de analizar, desde otras ópticas, problemas de investigación histórica que hasta ahora sólo se valían de la intuición para ser resueltos de manera más bien parcial. Una fuente que nos permite adentrarnos en el espíritu de las sociedades, si sabemos utilizarla con rigurosidad y delicadeza.

Finalmente y parafraseando al historiador cubano Manuel Moreno Fraginals cuando manifestaba: “la esclavitud es un negocio”, ¿no podríamos nosotros afirmar, que: “… la muerte es un negocio?...”, en el “Chile” de fines de la Colonia y primeras décadas de la República.

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1.- A pesar de las dificultades que implica, hemos podido determinar la división político administrativa y eclesiástica, de la cual Rere formó parte: PROVINCIA: Concepción, DEPARTAMENTO: Rere, CABECERA DE DEPARTAMENTO: Rere, SUBDELEGACIONES: San Luis Gonzaga, Yumbel, Tucapel, Talcamávida. DISTRITOS: San Luis Gonzaga, Bueideco, Tomentuco, Minas Arenal Peñaflor, Chequenco y Quinquebueno. Yumbel, Vega de Yumbel, Río Claro, Membrillar, Pangal, Colicheo, Paullanguén y Hurique. Tomeco, Trupán, Huguete, Huepíl, Rucamauque, Rinico, Ranchillos de Itata y Pangal de la Laja. Talcamávida, Chanco, Quilacoya y Chacaico. PARROQUIAS: San Luis Gonzaga, Yumbel y Talcamávida.

2.- En los Manuscritos Medina tomo 290, pza. 8. 601, fs. 410; hay un interesante documento del 30 de Julio de 1779, referente a cómo debían llevarse a cabo en el Ejército, los entierros, el cumplimiento de las disposiciones testamentarias y la repartición de la herencia. Además, establece cómo deben aplicarse y cobrarse los derechos parroquiales.


3.- F. LEBRUN, Les hommes et la mort en Anjou (aux XVII et XVIII siécles). París, 1984. P. 469.


5.- El Sobrepelliz era un hábito blanco que caía sobre los talones y que los sacerdotes usaban en la administración de los sacramentos, en las bendiciones (velaciones), en las prédicas y en los funerales, para los cuales se usaba también una estola especial de color negro.


6.- Las Posas eran las detenciones que efectuaba el cortejo fúnebre en su camino desde la casa mortuoria a la iglesia. Estas paradas se hacían en lugares predeterminados con el fin de cantar el responso y a la vez descansar.


7.- GABRIEL SALAZAR. Peones, labradores y proletariados. Formación y crisis de la sociedad popular chilena del siglo XIX. Editorial Sur. Santiago, 1985. P. 112.


8.- AN, RNY, Vol. 12 fs. 285, año 1839.


9.- AN, RNY, Vol. 12, fs. 87, año 1833


10.- AN, RNY, Vol. 4, fs. 197, año 1821.


11.- AN, RNY, Vol. 4, fs. 237, año 1805.


12.- JUSTO DONOSO. Diccionario Teológico, Canónico, Jurídico, Litúrgico, Bíblico, etc. Santiago, 1855. Tomo I, p. p. 288 – 289.


13.- AN, RNY, Vol. 4, fs. 226. Testamento de Doña Bartola Morro, de 1821.

Historiador Salvador E. Angulo